¿Qué es una denuncia falsa?

denuncia falsa

La denuncia falsa es un delito y se comete cuando alguien atribuye a otra persona un hecho delictivo, sabiendo que no lo ha cometido y existiendo mala fe al respecto. Analizaremos el concepto, la regulación y las posibles consecuencias penales.

 

¿Dónde se regula?

La denuncia falsa se tipifica en el artículo 456 del Código Penal en el marco de los delitos contra la Administración de Justicia, bajo el nombre de “acusación y denuncia falsa”, y junto a la llamada “simulación de delito”.

El artículo 456 castiga a los que “con conocimiento de su falsedad o temerario desprecio hacia la verdad imputar en a alguna persona hechos que, de ser ciertos, constituirían infracción penal, si la imputación se hiciera ante funcionario judicial o administrativo que tenga el deber de proceder a su averiguación”.

 

¿Entonces, es un delito?

Sí. Denunciar a otra persona falsamente constituye un delito, siempre que se realice ante la autoridad judicial o administrativa que deba perseguir estas actuaciones. Es decir, debemos diferenciar dos situaciones:

  • Si un vecino le dice a otras personas, falsamente, que has cometido un delito, no estaríamos ante una denuncia o acusación falsa. En todo caso podríamos estar ante un delito de calumnias.
  • Si ese mismo vecino acude ante la Policía o las autoridades judiciales (tanto al Juez como al Ministerio Fiscal) y presenta formalmente una denuncia, imputándote falsamente un delito concreto, estaríamos ante un delito de denuncia falsa.

Los elementos fundamentales del delito de denuncia falsa son, por tanto:

  • Que exista una imputación. Una imputación es la atribución de un delito concreto a una persona determinada. Por tanto, no sería suficiente con que alguien denunciase que ha sido víctima de un delito “en general”, sin imputárselo a alguien. En ese caso, sin embargo, esa persona incurriría en simulación de delito, también castigada en nuestro Código, pero no de denuncia falsa.
  • Que los hechos imputados sean delictivos, de ser ciertos.
  • Que la imputación sea de hechos falsos. Si efectivamente has cometido el delito no habría denuncia ni acusación falsa.
  • Que lo haga a sabiendas de su falsedad. Esto es, es necesario que la persona que imputa el delito sea consciente de que ese delito o no existe, o no ha sido cometido por la persona a la que se le imputa. Por tanto, debe concurrir mala fe.

 

¿Qué debo probar si deseo denunciar a alguien por delito de denuncia falsa?

Fundamentalmente deben probarse dos cosas: que alguien te ha denunciado ante una autoridad judicial o administrativa y, en segundo lugar, que esa persona sabía que los hechos que denunciaba eran falsos, es decir, que actuó con mala fe. En relación con esta última cuestión, si recordamos el precepto del Código se refiere tanto a “conocimiento de la falsedad” como “temerario desprecio hacia la verdad”. Esta última cuestión requiere una valoración por parte del juez, pues nadie puede conocer los verdaderos motivos que mueven a actuar a alguien si no los manifiesta, ni si esa persona “despreciaba” la verdad. El juez, por tanto, tendrá en cuenta circunstancias concurrentes para valorar si existe o no ese desprecio hacia la verdad.

 

¿Cuándo puedo denunciar este delito?

Para proceder por este delito existe lo que en Derecho Penal se denomina un “requisito de perseguibilidad”, y se requiere que se haya dictado una sentencia absolutoria o un auto de sobreseimiento libre en el proceso iniciado a instancia del denunciante o acusador falso.

En estos delitos únicamente puede ejercer la acción penal o bien el denunciado o acusado falsamente (es decir, a través de la acusación particular) o el propio Tribunal que conoció del proceso, procediendo de oficio. No cabe acusación popular.

 

¿Qué penas están previstas para este delito?

De acuerdo con el artículo 456 del Código Penal, la pena dependerá de la gravedad del delito que se imputa. Podemos distinguir:

  • Si se imputa un delito grave, la pena será de prisión de 6 meses a 2 años y multa de 12 a 24 meses.
  • Si el delito es menos grave, la pena será de multa de 12 a 24 meses.
  • Si el delito es leve, la pena será de multa de 3 a 6 meses.

Debemos recordar que con la desaparición de las faltas y la introducción de los delitos leves, la condena por un delito leve de denuncia falsa, es decir, con la pena de multa de 3 a 6 meses, generará igualmente antecedentes penales.

 

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